Nunca en la historia de México, los integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF) —trabajadores, jueces, magistrados y ministros— mostraron tan dura oposición contra el texto de una reforma a la Constitución, ni el ánimo explícito de confrontar, de poder a poder, al Legislativo, al Ejecutivo, e incluso, al Reformador de la Constitución. Publicada la reforma al PJF en el Diario Oficial de la Federación (DOF 15/09/24), las acciones para su implementación material se han visto obstaculizadas, de una u otra manera, por aquellos. Este trabajo se propone esclarecer que una reforma constitucional es, sobre todo, un proceso social; donde el qué, lo determina —en este caso— el Poder Reformador de la Constitución que la dota de legitimidad y sentido político jurídico a través del contenido de las normas y la creación virtual, en ellas, de los órganos que serán la autoridad encargada de aplicarlas; y, el cómo, a cargo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial junto con el Instituto Nacional Electoral (INE) para intervenir en la selección y elección, respectivamente, de los candidatos a ocupar los cargos judiciales, como implementación política material para aterrizar la reforma, obligatoriamente, entre la población dando legitimidad social a los cambios objeto de la reforma.
Si bien, legislativamente, la reforma judicial tiene objetivos claros: “La paz solo puede ser producto de la justicia, pero no puede haber justicia si los órganos responsables de garantizarla muestran incapacidad o desinterés en cumplir con sus deberes constitucionales, o peor aún, privilegian los intereses de grupos de poder creados que son contrarios al interés público”. (Exposición de Motivos). Su consecución práctica, será observable cuando los nuevos ocupantes de los órganos de impartición de justicia actúen, de manera imparcial, tanto frente a los intereses de los poderes fácticos como de los derechos sociales garantizados a las mayorías de la población. Las presiones surgirán de muchas maneras, puestas por los detractores de la reforma: sectores empresariales, gobiernos extranjeros y, los propios integrantes del PJF.
La exdirectora general del Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales (Comexi (consejomexicano.org), Verónica Ortiz, hizo un posicionamiento empresarial: “…la iniciativa de reforma al Poder Judicial incluso puede representar un ‘balazo en el pie’ en las relaciones diplomáticas y comerciales que el país tiene con sus dos principales socios comerciales: Estados Unidos y Canadá. (…). Lo que yo haría es olvidarnos de la reforma judicial tal y como está planteada, olvidarnos de la reforma que desaparece a los órganos constitucionales autónomos, porque es directamente violatoria de las disposiciones del T-MEC que habla de tener reguladores independientes y evidentemente tribunales autónomos e independientes y no poner en riesgo lo que nos va a complicar innecesariamente”.
Gobiernos extranjeros manifestaron su oposición. Desde EU “…los senadores Ben Cardin y Tim Kaine, del Partido Demócrata, junto con los republicanos Jim Risch y Marco Rubio, señalaron: “nos preocupa profundamente que las reformas judiciales propuestas en México socaven la independencia y la transparencia del Poder Judicial del país, poniendo en peligro intereses económicos y de seguridad críticos que comparten nuestras dos naciones”. (Comité de Exteriores del Senado de EU advierte a México sobre la reforma judicial (msn.com)). El entonces embajador Ken Salazar dijo: “La elección directa de jueces representa un riesgo mayor para el funcionamiento de la democracia de México… si se llegaran a aprobar las elecciones de jueces en 2025 y 2027, amenazan la histórica relación comercial… la cual depende de la confianza de los inversionistas en el marco legal de México”.
El embajador canadiense, Graeme Clark, fue claro: “… lo que sí puedo decir es que mis inversionistas sí están preocupados, ellos quieren estabilidad, quieren un Sistema Judicial que funcione si hay problemas”. El argumento era igual al de EU. (EU y Canadá suben el tono por reforma judicial; analistas ven riesgo por T-MEC (msn.com). Estas voces proponían “olvidarnos” de la reforma judicial. En tanto su oposición a la reforma privilegiaba la seguridad jurídica del capital, equivalía a permitir que el capital propusiera el diseño de la justicia en México. Los integrantes del PJF exhibieron desmedido interés político por conservar la estructura organizativa y las funciones constitucionales y legales del PJF. Les repugnaba la idea de que jueces, magistrados y ministros fuesen electos por voto popular y, lanzaron un discurso discriminatorio sosteniendo que haría perder imparcialidad y calidad a la impartición de justicia federal por su “complejidad”. Pero, si el jefe del Estado es electo por voto ciudadano, ¿por qué los jueces no? Aprobada la reforma, optaron por el despecho y el desquite hasta el final de su periodo.
El tránsito de la designación a la elección popular, como formas de acceso a los cargos judiciales, tendrá tropiezos; unos, por la novedad del método; otros, provocados por los opositores al cambio. Este cambio retoma la voluntad del Constituyente de 1917 para que “todo poder público” dimane del pueblo y se instituya para su beneficio (artículo 39); en corrección a la designación, introducida por el gobierno de Plutarco Elías Calles, en 1928; con que el titular del Ejecutivo adquirió la facultad de designar a los ministros de la Corte, privando al pueblo de su elección. El carácter abierto de la elección de los juzgadores y la prerrogativa de que los actuales puedan ser candidatos, permitirá que los opositores a la reforma puedan competir con sus propios miembros que, así, tendrán posibilidad de ser electos en las urnas. Circunstancia que pondrá a prueba la pluralidad judicial.
Modificar estructura y funcionamiento del PJF para que una persona no concentre las presidencias de la SCJN y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF); y pasar a la creación de tres áreas de funciones: la SCJN, para el ejercicio del PJF; el Órgano de Administración Judicial (OAJ), para su administración; y, el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), para la disciplina de su personal; acarrea cambios sustanciales en la relación que los ciudadanos —justiciables— podrán tener con los juzgadores. Las influencias políticas y económicas para torcer la interpretación judicial no desaparecerán de la noche a la mañana con la reforma; la ética judicial tampoco llegará repentinamente; la reforma no será, en este sentido, una panacea. El cambio vendrá, paulatinamente, por la existencia del TDJ donde: “Cualquier persona o autoridad podrá denunciar ante el Tribunal de Disciplina Judicial hechos que pudieran ser objeto de responsabilidad administrativa o penal cometidos por alguna persona servidora pública del Poder Judicial de la Federación, incluyendo ministros, magistrados y jueces, a efecto de que investigue y, en su caso, sancione la conducta denunciada”.
El conflicto por la reforma judicial mostró que los juzgadores trastocaron la aplicación del ordenamiento que juraron cumplir y hacer cumplir: La Constitución. Evidenciaron intención de destituir y encarcelar a la titular del Ejecutivo. El PJF es contra mayoritario por ser resguardo de los grandes intereses económicos, nacionales y extranjeros. Protege evasores fiscales; libera, o resguarda de extradición, a destacados cabecillas de la delincuencia organizada; ampara a empresas extranjeras por encima de los intereses nacionales y, mantiene a inocentes en la cárcel. A pesar de todo, el CJF no ha sancionado a nadie. El nuevo TDJ ofrecerá la posibilidad, a cualquier persona, de confrontar al juzgador corrupto. Liberarnos de esta falsa concepción de la función de los jueces y pugnar por su ética profesional y conciencia social en la impartición de justicia será el mejor cambio al que, como proceso social, debamos aspirar.