Transferencia Tecnológica

La tecnología, en su sentido más amplio, es un conjunto de conocimientos, “saber qué”, y de prácticas, “saber cómo”, de objetos, instrumentos y procedimientos, elaborados o transformados por los hombres, usados para operar sobre la naturaleza, sociedad y seres humanos, para la satisfacción de necesidades humanas; tales conocimientos y prácticas conforman bienes y servicios que son objeto de transacciones nacionales e internacionales. Estas transacciones y los procesos de transmisión que los acompañan acontecen en sistemas y mercados, aunado a la existencia de una brecha tecnológica entre países desarrollados y pobres.

Una característica de la tecnología es su transmisibilidad, lo que significa, la circunstancia de que, quien la posee, puede transferirla a otra persona, y no se agota con la transmisión, y tal circunstancia hace que la tecnología se convierta en un objeto de comercio, en una mercancía que se vende y se compra. La transferencia se puede considerar como sinónimo de la acción de trasladar de un lugar a otro, un conocimiento que pasa a formar parte del acervo tecnológico del receptor de la tecnología para que éste pueda utilizarlo libremente, sin quedar sujeto al pago de una contraprestación o al cumplimiento de una obligación, a la terminación de la relación contractual.

La tecnología es capaz de crear valores económicos y generar beneficios para investigadores e innovadores, y sus resultados son manejados como elemento patrimonial de aquellos, y por tanto susceptibles de protección jurídica bajo la forma de exclusividad en la explotación. Las transferencias de tecnología se realizan en el mercado, de acuerdo con la oferta y la demanda, bajo forma de relaciones jurídicas de tipo mercantil, utilizando las figuras de contratos de cesión y concesión. De acuerdo con la Secretaría de la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), la tecnología asume cualquiera de las siguientes formas:

• Bienes de capital o bienes intermedios (en este caso incorporada a ellos)

• Trabajo humano (mano de obra a veces muy calificada y especializada)

• Información, generalmente de carácter técnico.

Aunque la transferencia tecnológica es un tema muy debatido, su definición es muy diferente dependiendo del contexto. La transferencia tecnológica en las universidades e instituciones de investigación describe el enfoque práctico de la OMPI con relación a la transferencia de tecnología en el contexto de la labor de la Organización de fomento del uso estratégico de la propiedad intelectual en aras del desarrollo económico (Dr. Ernesto Piedras, Director General de Competitive Intelligence Unit CIU).

Para la mayoría de las universidades y centros de investigación, la transferencia tecnológica se define, según la Association of University Technology Managers (AUTM), como el proceso de transferir de una organización a otra los descubrimientos científicos, con el fin de promover el desarrollo y la comercialización. Esta transferencia se lleva a cabo, por lo general, a través de la firma de acuerdos o contratos de concesión de licencias entre las universidades y las empresas privadas o entidades comerciales de capital público. En los acuerdos de licencia, la universidad o el centro de investigación conceden permiso (licencia) para utilizar la propiedad intelectual de una tecnología de nueva creación a un licenciatario del sector privado o a una “empresa derivada” a cambio de regalías u otro tipo de retribuciones. Los derechos de propiedad intelectual comprenden los derechos de autor como la propiedad industrial (patentes, marcas, licenciamientos tecnológicos, modelos de utilidad, diseños industriales, lemas comerciales, etcétera) y permiten a las universidades ser titulares de los resultados de sus investigaciones y controlar el uso de los mismos, y por tanto, en este sentido, son el fundamento de la transferencia de tecnología.

De acuerdo con su estudio, el Dr. Ernesto Piedras menciona que el paradigma de las economías modernas, la innovación se incentiva a través de los sistemas de protección a la propiedad intelectual, con lo cual el inventor o creador tiene derechos de explotación por un determinado tiempo (20 años en México) sobre su respectiva innovación o creación, con el fin de cubrir los costos asociados y premiar su esfuerzo creativo. De acuerdo con Joseph Schumpeter, los ciclos de expansión de las economías están ligados a periodos previos de fuerte innovación que sólo pueden ser explicados por un mecanismo de protección de propiedad intelectual sólido. Es indispensable destacar que la transformación de estas economías no sólo se da a partir de la generación propia de tecnología expresada en la cantidad de patentes producidas por las mismas, sino de la forma en que las nuevas tecnologías son comercializadas o adoptadas en prácticas concretas. De esta forma, la invención contenida en una patente tendrá un verdadero impacto en la actividad económica (Scherer).

Las patentes se constituyen como un activo esencial de la propiedad intelectual y como un caso particular de la propiedad industrial. Es pertinente recurrir a la definición que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ofrece sobre los Derechos de Propiedad Intelectual definiéndolos como “El término general para la asignación de derechos de propiedad a través de patentes, derechos de autor y marcas comerciales” (OCDE), y les atribuye valor como incentivos que pueden generar bienestar para la sociedad en su conjunto al permitir “a su titular ejercer monopolio en el uso del artículo por un periodo determinado”. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define la Propiedad Industrial como “las patentes que sirven para proteger las invenciones, y los diseños industriales, que vienen a ser creaciones estéticas determinantes del aspecto de los productos industriales […] figuran también las marcas de fábrica, las marcas de servicio, los esquemas de trazado de circuitos integrados, los nombres y las denominaciones comerciales, así como las indicaciones geográficas” (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual).

La protección de los Derechos de Propiedad Intelectual a través del sistema de patentes está interrelacionada con efectos (Primo Braga, Fink, & Sepúlveda, 2000) que perfilan el impacto de las industrias basadas en la propiedad industrial en el resto de la economía. En particular, se pueden identificar los efectos de la existencia de un sistema de patentes como un elemento esencial para ofrecer incentivos para crear nuevo conocimiento e información. Facilitar la difusión del conocimiento e información al interior de y entre varias economías. En el modelo de innovación, una empresa comercializa sus propias ideas, así como las innovaciones de otras.

El conocimiento que sirve de base a los productos y servicios proveniente de actividades creativas, innovadoras, de ciencia y tecnología, sus mecanismos de distribución y difusión son cada vez más complejos y diversos. Por ello, en el mundo se reconoce una demanda creciente por definir reglas y crear instituciones que guíen y soporten la comercialización de la propiedad intelectual como uno de los principales incentivos de tales actividades, así como la armonización de estándares globales. Se parte de la premisa de que tales acciones permitirán el fomento a la innovación, así como un incremento de los flujos comerciales y de inversión. La ventaja de esta creciente demanda es que no requiere de grandes inversiones de capital físico, pero sí de fuertes inversiones en capital humano y social, siendo los recursos esenciales la creatividad y la innovación.

El número total de patentes registradas en el mundo está en aumento, y es importante señalar que 80 por ciento de los conocimientos técnicos actuales se encuentra documentado en los archivos de patentes disponibles públicamente y de forma gratuita. El hecho de que dichos archivos sean públicos es relevante porque permite conocer las innovaciones y admite innovar a partir de conocimiento generado por terceros; todo lo que existe en una patente se puede conocer y reproducir, pero no comercializar, si es que no solventas los derechos. Actualmente en México quien más consulta las bases de datos de las patentes son los abogados para iniciar o contestar demandas, no los estudiantes o investigadores de ciencias o ingenierías para desarrollar un proyecto de investigación. La innovación aplicada al crecimiento en la productividad y en la provisión de productos y servicios de mayor valor es el siguiente paso natural en el impulso a largo plazo de nuestro país. En este suplemento de Saberes y Ciencias se dan distintos puntos de vista de la transferencia de la tecnología por quienes están trabajando directamente con este tema tan importante para fomentar un desarrollo nacional.