Aristas, vértices y bordes en el análisis del feminicidio: el Deus ex machina del patriarcado

p-04El feminicidio es un delito de alto impacto que se ha colocado en los semáforos de evaluación de desempeño en el área de seguridad pública como un indicador “in crescendo”. Hay demandas de las mujeres y de las organizaciones de la sociedad civil que denuncian las omisiones de parte de las autoridades ministeriales, calificando su incapacidad para actuar en el seguimiento de los delitos, en calidad de cuasi-cómplices.  En los análisis académicos y de los profesionales del Derecho se formulan señalamientos a las autoridades responsables de impartir justicia, sobre las deficiencias que imperan para la procuración, persecución y castigo de este delito. En materia de persecución se ha cuestionado la eficiencia de las autoridades ministeriales para el esclarecimiento de la mecánica de los homicidios y el seguimiento de las investigaciones para dar con los autores de los delitos. A la par, a pesar de existir protocolos debidamente estructurados para dar seguimiento a las muertes por feminicidio —que aplicados— deberían aportar elementos probatorios para formar una carpeta de investigación a “prueba de ácido”, derivado de la dificultad para interpretar el tipo penal y la conducta delictiva, la carpeta no alcanza a sostenerse y se diluye, conformando el delito de homicidio doloso con agravantes, cuando bien nos va. Se ha insistido en que esta dificultad de tipo técnico requiere de capacitación específica con un enfoque de perspectiva de género para determinar el tipo penal y la conducta delictiva que encuadre el delito de feminicidio. Derivado de estas consideraciones, las autoridades encargadas de impartir justicia se ven rebasadas o se dejan rebasar produciendo un fenómeno doblemente complicado: la impunidad y la degradación social post mortem de las mujeres víctimas de este delito.

En abril de 2016 la Organización de Naciones Unidas publicó un estudio que reportaba a 14 países latinoamericanos1 en el ranking de los 25 países en los que se computó el 56 por ciento de muertes violentas entre mujeres. Centroamérica acumula el mayor número de casos, y Colombia se analiza de manera particular en virtud de que existe un conflicto armado; aun así, reporta el 52 por ciento de muertes violentas de mujeres.

El feminicidio es, pues, un tema que requiere nuestra atención, ya que es considerado el último eslabón de la violencia, es por ello que en el ámbito internacional, para su estudio, análisis y seguimiento se proponen tres dimensiones: como genocidio, como crimen de lessa humanidad y como crimen de guerra2.

En materia penal se ha clasificado, a fin de acotar las dificultades técnicas que enfrentan los responsables de sancionar el delito para encuadrar la conducta penal y a partir de ello contar con elementos para el diseño de políticas públicas de distinto orden en materia de prevención del delito y de la aplicación de sanciones. Para ello se establecieron cuatro divisiones fundamentales:

  1. a) Íntimo – vínculo de orden afectivo con el victimario,
  2. b) No íntimo – sin vínculo afectivo, puede ser de orden casual en manos de un desconocido3,
  3. c) Por conexión – víctima colateral derivada de la agresión a otra mujer, y,
  4. d) Vinculado4– cuando existe violencia generalizada.

En realidad es un tipo de homicidio por el que se priva de la vida a mujeres, consideradas vulnerables, desde una visión androgénica. Lagarde (2006) apunta, de manera adicional, el hecho de que es un delito que se sucede en un contexto de colapso institucional. Sus características son: impunidad, ausencia de apego al protocolo de la investigación y de sanción no aplicable. Desde esta visión podemos considerar tres temas: los aspectos jurídicos, las dinámicas sociales y la crisis generalizada de violencia social que impera en las sociedades contemporáneas. Por ello, para analizar la escalada de violencia contra las mujeres no podemos dejar de lado estos aspectos. En este texto buscaremos detallar estos aspectos, a fin de reconocer la dificultad de resolver en un solo sentido la procuración de justicia, que va más allá de la “ceguera de género”; se enfrenta a otras dificultades de tipo técnico y doctrinario.

Para el análisis de los aspectos jurídicos el juzgador se enfrenta a una serie de cuestionamientos, entre los que destacan: a) qué elementos debemos valorar para discriminar entre feminicidio y asesinato de mujeres, b) cuáles son los tipos de feminicidio y si son excluyentes (solo hombres contra mujeres), c) si fue víctima de violencia antes del hecho fatal y, d) lugar donde fue hallado el cadáver.

Desde mi punto de vista, dejamos fuera dos elementos: las causas y motivos que generan el hecho fatal y la relación de la víctima y el victimario, en virtud de que son los elementos que desdibujan5 el encuadre legal, ya que por una parte, nadie puede justificar la violencia contra otro ser humano y por la otra, no existe causa o motivo que justifique acciones que atenten contra la vida de otro. Esta postura tiene que ver con evitar que se atenue el hecho violento, ya que existen causales como homicidios por honor, la emoción grave o la ira, que se convierten en sinónimos de inimputabilidad del hecho violento.

En otro sentido, cuando hablamos de las dinámicas sociales se ha colocado al patriarcado en el eje de la discusión como responsable de las prácticas violentas hacia las mujeres, cosa que es cierta; sin embargo, no se ha considerado el hecho, de que el análisis desde el umbral del patriarcado está sesgado, ya que para abordarlo de manera integral, se deben incorporar las políticas económicas de corte neoliberal que han agudizado las desigualdades, señalado las diferencias y exacerbando la competencia laboral y el deterioro de la calidad de vida de los trabajadores, llámense hombres y mujeres, destruyendo el bien común que ha sido sustituido por un yo no solo individualizado, sino carente de contención social.

Reconocemos que la violencia es un hecho que afecta a la sociedad en su conjunto, que en la práctica las dinámicas sociales se nutren a través de la reproducción social de significados, representaciones y símbolos que tienen en conjunto el efecto de ligare que se produce a través del trabajo femenino. Se discute la pertinencia de los señalamientos que colocan los cambios en la vida de las mujeres como detonadores de las rupturas y reacomodos en las dinámicas sociales y por su magnitud no han logrado encontrarse dinámicas sustitutivas para adaptarse a los cambios de estos postulados en virtud de que la mujer ha ampliado sus funciones fuera del ámbito doméstico, colocándose como actora activa de la sociedad. En el caso de los hombres, los temas han quedado inconclusos; seguimos encontrando un imaginario masculino que se desarrolla alrededor de un modelo de mujer que ha sido rebasado por un modelo modernizado que responde a la demanda que amplía el espectro de funciones apartándola de las tareas domésticas.

Se ha pretendido incorporar al debate que la exacerbación de los hechos de violencia contra las mujeres tiene que ver con la aplicación de dispositivos disciplinarios que se imponen de manera más severa, ya que se ha responsabilizado a las mujeres de las violencias que viven, por haber dejado de cumplir su papel; estos hechos violentos pretenden con su aplicación devolver el estado de la cosa a la “normalidad”. Es la parte disciplinar del castigo que se pretende obviar pero que se cuela entre las notas de los periódicos y las charlas de café, opera como en el Medioevo, como acto que busca, a través de ejemplificar, contener a quienes se atreven a ir más allá de lo que los dispositivos disciplinarios permiten.

Recoloca la discusión sobre la supuesta democratización de la familia contemporánea. Y la recoloca porque discute temas que no se habían incorporado con las familias diversas, los matrimonios entre parejas del mismo sexo y la nueva configuración de relaciones sociales y de género, durante años, su negación operaba como telón de fondo para ignorarlas, negarles derechos y estigmatizarlas.

Esta dimensión del análisis es, desde mi punto de vista, la que debemos analizar y a partir de ella proponer políticas públicas que reviertan el colapso institucional que enfrentamos como sociedad, ya que lo que se ha constituido de manera generalizada, es un tipo de violencia sistémica en la que se manifiestan entrecruzamientos de aspectos políticos, sociales, culturales y económicos que rebasan al género.

 

Referencias

1 Se ha calculado que se reportan siete diarias, y sobre 217 al mes, 2 mil 555 al año.

2 Estatuto de Roma y los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949.

3 En este rubro podemos considerar: los asesinatos por prostitución, por producto de la trata, tráfico de personas, el considerado transfóbico, el lesbicofóbico y el racista. Caso aparte, merece el análisis de las mujeres que mueren a consecuencia de la mutilación genital femenina.

4 Se materializa en la “línea de fuego”, como es el caso de Colombia o donde se lleve a cabo una situación de violencia generalizada.

5 Criterios de evaluación y análisis que se convierten en atenuantes del delito de feminicidio.

 

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