Penalización de la protesta social

Rafael Moreno Valle no es el autor de las formas penales a través de las cuales se reprime y castiga a quienes ejercen sus derechos de libertad de tránsito, expresión, asociación y reunión. Desde antes que naciera ya existía el ambiguo delito de disolución social con base al cual se penalizaba la insurgencia y al pensamiento liberador; de lo que es responsable Moreno Valle es de utilizar el ministerio público para fabricar “delitos y delincuentes”, castigarlos y descalificarlos en aras de un acción visionaria y de posicionarse como candidato presidencial en 2018. La reforma penal a la Carta Magna realizada en 2008 tuvo como uno de sus principales objetivos, criminalizar la protesta social y acotar el ejercicio de las libertades consignadas en el primer capítulo de la Constitución, entre ellas, las ya mencionadas de expresión, reunión, asociación y tránsito. Con base en esas reformas, se tipifica como delito la defensa que de su integridad física hagan los manifestados (sedición); la defensa del  patrimonio y de la biodiversidad que un particular o colectivo haga en contra de actos de invasión y expoliación de un tercero (actos de desobediencia y resistencia de particulares); es delito invitar o incitar a darnos la forma de gobierno y sociedad que  nos parezca más adecuada, como lo es también impedir la fluidez del tráfico en un camino público o dialogar con un funcionario en un espacio público cerrado (secuestro equiparado).

Las reformas penales se han aplicado para controlar, persuadir y reprimir cualquier intento de autonomía de las organizaciones sociales; en el último decenio se han utilizado en contra de los sindicatos nacionales de trabajadores de la educación en Oaxaca (SNTE), contra los mineros en Pasta de Conchos, Lázaro Cárdenas y Cananea, y los electricistas en el Distrito Federal (SME). Pero no sólo a ellos se les han aplicado, también a comuneros que han defendido sus derechos patrimoniales (Parota,  Xoxocotla, Atenco) y a radios comunitarias. (Miguel Rábago, 2010, “La criminalización de la protesta social como forma de restricción de la libertad de expresión en México”). Puebla es la perfección de la penalización de la criminalización de la protesta social y el gobernador pretendió que la fuerza pública pudiera usar armas de fuego para asesinar a quien se manifiesta en contra de actos gubernamentales (ley bala).

Con base en la información del Comité para la Libertad de los Presos Políticos y contra la Represión Social en Puebla, en los 48 meses de gestión de Moreno Valle hay 133 presos políticos y procesados; dos de ellos son ya finados y 16 siguen en la cárcel. El delito de los procesados y presos fue defender su patrimonio, pensar, organizarse y manifestarse. Los también llamados presos de conciencia han sido criminalizados por atreverse a cuestionar las acciones arbitrarias del gobernador, por creer que tienen derechos, dignidad y propuestas.  De los ciudadanos criminalizados, 46 lo han sido por disentir de acciones gubernamentales que les han parecido no sólo arbitrarias, sino alejadas al sentir de la comunidad, tales son los casos de la Reforma Orgánica a la Ley de Hacienda Municipal que suprime las funciones de registro civil en las Juntas Auxiliares, privándolos de esa fuente de ingresos, y de la supresión del servicio de moto taxis; 33 ciudadanos fueron considerados delincuentes por oponerse a los megaproyectos (infraestructura, energía y turismo); 32 por defender la propiedad territorial, y 22 por ejercer sus derechos de expresión, organización y defensa del sufragio.

La manera más sensata de evitar las manifestaciones e inconformidades sociales es que no haya las causales que las detonan: que el gobierno sea democrático, plural, incluyente, probo, eficiente y represente los intereses de la mayoría; que no se enajenen los bienes de la nación a particulares;  que haya autonomía de los poderes de la Unión; que la relación de la sociedad con el ambiente sea racionalmente ecológica; que se respeten los derechos humanos y que el Estado sea garante de la seguridad pública y no cómplice del crimen organizado. Las pretensiones de las reformas penales eran mejorar el sistema de justicia y de seguridad, no empeorarlas.